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22 Noviembre, 2007 

El Alcalde de Puerto del Rosario declara en los Juzgados por un presunto delito de prevaricación urbanística



Pía Peñagaricano.-El Alcalde de Puerto del Rosario, Marcial Morales, ha declarado esta mañana ante el juez por un presunto delito de prevaricación urbanística por conceder una licencia de obras en La Cañada, en el año 2005. Por el juzgado número tres han pasado también distintos representantes de la corporación municipal en aquel entonces. La defensa ha pedido el sobreseimiento del caso por considerar que la corporación actuó dentro de los límites de la legalidad. Los hechos se remontan al año 2005 cuando el Ayuntamiento de Puerto del Rosario concedió una licencia de obras urbanística en la zona de La Cañada, en Tetir. Al parecer y según la Fiscalía de Medio Ambiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, la licencia, que incluye la habilitación de un sótano, no se ajusta a lo establecido en el Plan Insular de Ordenación del Territorio de Fuerteventura. Por este motivo, y considerando que existe un posible delito de prevaricación ha tomado declaración, como imputados, a los miembros de la entonces corporación municipal. Esta mañana, ha finalizado la ronda de interrogatorios en el juzgado de instrucción número 3, con la declaración del Alcalde de la ciudad capitalina, Marcial Morales, quien se ha mostrado muy tranquilo y seguro de que no existe delito alguno, porque la comisión que el presidía votó a favor de la concesión urbanística previo informe favorable de los técnicos.

A lo largo de estas semanas han prestado declaración, como imputados los concejales Sandra Domínguez, Rafael Páez y Carmen Mata, por Coalición Canaria, Luis Mata por IF, y María Jesús de la Cruz por el grupo socialista. Esta mañana hemos podido ver también al edil Javier Mesa, que no ha querido hacer declaraciones, y al socialista Iñaki Álvaro Lavandera. Este último se ha mostrado a favor del control por parte de la fiscalía pero ha negado, al igual que Morales, comisión de delito alguno.

La defensa ha pedido el sobreseimiento del caso al no haber prevaricación ya que, alega, no existe ninguna normativa que prohíba la construcción de sótanos en asentamientos rurales.