El Tribunal Supremo ha dictado este jueves, 5 de junio, un nuevo auto que constata el incumplimiento del Gobierno de España de sus obligaciones en cuanto a la acodida de los 1.200 menores migrantes con derecho a protección internacional, en torno a una cuarta parte de los 5.600 que se encuentran bajo la tutela del Gobierno de Canarias.
Según este último auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo da un plazo "improrrogable de 30 días", para que los ministerios correspondientes doten a sus oficinas de los medios personales y materiales necesarios para formalizar los trámites.
Más de un año esperando por asilo en España
El auto es espcialmente duro con el Gobierno español, al reflejar que “ninguno de los menores solicitantes de protección internacional –o que hayan manifestado su voluntad de solicitarla– ha sido evaluado individualmente”, cuando han pasado más de dos meses desde que, el pasado 25 de marzo, el alto tribunal diera el Estado un plazo de 10 días para garantizar a estos menores el acceso y permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional.
El Supremo subraya que muchos de los menores solicitantes de asilo llevan más de un año esperando para poder siquiera formalizar su solicitud, situación que califica de “claramente vulneradora del estatuto” de protección internacional.
La Administración estatal, zanjó la Sala, "ni se ha implicado eficazmente en garantizar el acceso de estos menores a las condiciones de acogida que resultan de su competencia, ni ha adoptado medidas eficaces para corregir la masificación en la tramitación de solicitudes".
"Ya son dos los requerimientos incumplidos" por el Gobierno de España
Los magistrados de la causa aludieron a la última vista celebrada en la Sala, el 29 de mayo, con los representes legales de los gobiernos nacional y autonómico, en la que el Gobierno de España reclamaba a Canarias ese listado y un protocolo de actuación, dado que en el momento actual, ni siquiera existe una relación detallada de los menores afectados, paso imprescindible para garantizar sus derechos como solicitantes de asilo.
Para el Supremo, el hecho de la Administración central haya solicitado colaboración documental a Canarias, no exime al Estado de su responsabilidad, y considera que el Gobierno que preside Pedro Sánchez ha actuado en un "claro incumplimiento de la medida cautelar acordada", y "ya son dos los requerimientos incumplidos".
Plazos improrrogables y amenzas de sanción
En consecuencia, el Alto Tribunal ha dictado cuatro nuevas medidas con plazos improrrogables para la Administración estatal, bajo amenaza de aplicar sanciones a sus responsables, que además deberán identificartse ante la Sala. Las medidas dictadas fueron las siguientes:
- En un plazo de 30 días, el Gobierno deberá dotar de medios humanos y materiales suficientes a las oficinas encargadas de tramitar las solicitudes, evitando que pasen más de seis días desde que el menor manifieste su intención hasta que formalice la solicitud.
- En un máximo de 15 días, deberá articular mecanismos de colaboración con Canarias que incluyan recursos personales, materiales y económicos necesarios para garantizar el acceso al sistema de acogida completo.
- Se exige identificar a los responsables de los Ministerios implicados en el cumplimiento de estas medidas.
- El Ejecutivo central deberá informar cada 15 días sobre el grado de cumplimiento, bajo advertencia de que, de persistir el incumplimiento, se adoptarán medidas coercitivas conforme al artículo 112 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.