El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado la ejecución de la sentencia que declaró nulo el artículo de los estatutos de la Hermandad del Cristo de La Laguna que impedía el acceso de mujeres como socias. El tribunal considera que los estatutos de la entidad vulneran los derechos fundamentales de igualdad, no discriminación por razón de sexo y asociación.
"Debo declarar y declaro la nulidad del artículo 1º de los Estatutos [...] en la parte que excluye a la mujer como aspirante a ser socio de la misma"
— Auto de ejecución, JPI nº 2, 11-07-2025

Según comunicó el TSJC este jueves, 11 de septiembre, la resolución obliga a la Pontificia, Real y Venerable Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna a cumpir "en el plazo de un mes" el fallo que les obliga a anular el artículo 1º de sus estatutos, el cual excluye a las mujeres como aspirantes a ser socias, y a remover cualquier obstáculo para su incorporación.
La orden se dicta en ejecución de la sentencia de 11 de marzo de 2020, ratificada por el Tribunal Constitucional el 4 de noviembre de 2024, que declaró vulnerados los derechos fundamentales de igualdad, no discriminación por razón de sexo y asociación.
Ejecución y apercibimiento a la Hermandad del Cristo
El 4 de septiembre de 2025, el Letrado de la Administración de Justicia concretó las medidas ejecutivas por decreto, apercibiendo a la Hermandad de que, para el caso de incumplimiento, "se procederá a imponerle multas coercitivas".
El plazo de un mes corre "a partir de la notificación" del decreto a las partes, y el seguimiento de la ejecución corresponde al Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, aunque El decreto indica la posibilidad de interponer recurso de revisión en cinco días ante el mismo órgano, con el depósito previsto en la legislación vigente.