El Ayuntamiento de La Oliva ha iniciado el trámite de información pública de la nueva Ordenanza municipal de ruidos y vibraciones, aprobada inicialmente por el Pleno el pasado 27 de noviembre. El nuevo texto adapta la regulación local a la Ley estatal del Ruido y a su normativa de desarrollo, incorporando criterios actuales de control, inspección y sanción.
La ordenanza de 1992, aún en vigor, regulaba los niveles sonoros con referencias técnicas hoy desfasadas y un régimen sancionador expresado en pesetas, además de carecer de instrumentos modernos de control acústico. La nueva norma deroga expresamente ese texto y establece un marco alineado con el Código Técnico de la Edificación, la Ley 37/2003 del Ruido y el Real Decreto 1367/2007.
Principales novedades respecto a la ordenanza de 1992
Entre los cambios más relevantes, la nueva ordenanza remite los valores límite de ruido y vibraciones a la normativa estatal vigente, abandonando las tablas fijas incluidas en el texto de 1992. También introduce los objetivos de calidad acústica por áreas, con posibilidad de suspensión temporal en actos oficiales, culturales o religiosos, previa valoración de su impacto.
Otra novedad destacada es la regulación específica de los equipos limitadores-registradores acústicos, que serán obligatorios en locales con música o sistemas audiovisuales susceptibles de manipulación del volumen. La norma detalla además la obligación de presentar estudios de impacto acústico o proyectos de insonorización para actividades clasificadas y espectáculos públicos.
En el ámbito de la convivencia ciudadana, la nueva ordenanza refuerza la tipificación de conductas como reuniones ruidosas en la vía pública, uso indebido de equipos de música en vehículos o comportamientos incívicos reiterados, que ya no dependen exclusivamente de mediciones técnicas cuando la molestia sea evidente.
Inspección y régimen sancionador actualizado
El texto incorpora un título completo dedicado a la inspección, reconociendo al personal inspector y a la Policía Local como agentes de la autoridad, regulando las actas de inspección y otorgándoles presunción de veracidad. Se contemplan medidas provisionales inmediatas, como el precinto de equipos o la suspensión de actividades, en casos de superación grave de los límites.
El régimen sancionador se actualiza con multas en euros: desde 120 a 750 euros para infracciones leves; hasta 1.500 euros para graves; y hasta 3.000 euros, junto a posibles cierres temporales, para infracciones muy graves. En la ordenanza de 1992, las sanciones máximas no superaban las 100.000 pesetas (600 euros) y no contemplaban este nivel de graduación ni medidas cautelares tan detalladas.
Pasos restantes hasta la aprobación definitiva
Tras la exposición al público de la norma desde el pasado mes de diciembre, y una vez recibidas y resueltas alegaciones y sugerencias, el pleno municipal deberá debatir y aprobar la ordenanza de forma provisional y definitiva, antes de su entrada en vigor.